jueves, 21 de junio de 2012

ALZHEIMER



Cómo afrontar emocionalmente que tu familiar no te reconozca?

13 junio, 2012

Cuando nuestro Familiar no nos reconoce a causa del estado avanzado del Alzheimer ¿Qué podemos hacer? ¿Cómo enfrentar esta dificultad? María Espinosa, psicóloga experta en Tercera Edad, nos explica por qué el afecto familiar es crucial en esta situación


En la actualidad, todo el mundo ha oído hablar de la enfermedad de Alzheimer. Se sabe que se trata de una enfermedad que afecta a la memoria y que produce un deterioro en la vida de la persona muy grave en algunos casos. Pero, ¿Qué ocurre cuando nos afecta a nosotros de cerca? ¿Qué sucede cuando hay un familiar cercano al que han diagnosticado la enfermedad de Alzheimer?



Es entonces cuando nuestra perspectiva cambia y nos empezamos a plantear la enfermedad desde otro punto de vista. Suele ser entonces, cuando la mayoría de las familias deciden volcarse por esta enfermedad para conocer sus síntomas, su evolución y el tratamiento que hay que seguir. Aunque muchas veces la información que se proporciona es bien poca.



Cuando a una persona le dan el diagnóstico de que su familiar padece la enfermedad de Alzheimer, lo primero que conviene hacer es informarse bien sobre lo que es esta enfermedad realmente. No será suficiente con atribuirlo simplemente a un problema de memoria. Esta enfermedad conlleva consigo mucho más, que debemos conocer para poder ayudar a nuestro familiar de la mejor manera posible. De esta manera, podremos mejorar la calidad de vida del enfermo y conseguiremos causar un daño mucho menor a los familiares.



¿Qué hacer cuando mi familiar ya no me reconoce?



Cuando su familiar ya no le reconozca, probablemente se encuentre en una fase más avanzada de la enfermedad donde uno de los síntomas más característicos es que el enfermo ya no reconoce caras familiares. En este momento, será importante tener en cuenta que su familiar ya no sabe establecer la relación que existe entre las personas que le rodean. Pero sí hay algo que puede reconocer, que va a depender de nosotros y es que se siga manteniendo el vínculo emocional para que sí que nos reconozca como personas cercanas. En esta fase de la enfermedad, será importante que le brindemos los cuidados necesarios, pero también será igual de importante que nuestro familiar siga recibiendo todo el afecto por nuestra parte.



Muchas familias pueden pensar que ya no es necesario proporcionarle afecto o cariño, porque no va a servir para nada y más tarde ni siquiera lo va a recordar. Pero lo cierto es que darle los cuidados que necesita, además de apoyo y cariño pueden mejorar mucho su bienestar y los síntomas que presenta el enfermo pueden ser incluso menos acusados. Ellos sí que suelen recordar cómo se sienten cuando ven el rostro de una persona que les quiere.



La enfermedad va cambiando y nosotros debemos decidir si queremos ser partícipes de ella. Si decidimos serlo, tendremos mucho que aportar, sobretodo porque nuestro familiar nos necesita.



Si no podemos hacer frente a todos sus cuidados, deberíamos pedir ayuda profesional. Lo que sí que está en nuestras manos es seguir brindándole nuestro apoyo y cariño porque va a contribuir a que el proceso de cambio durante el transcurso de la enfermedad sea mucho mejor.



Una manera de asimilar que nuestro familiar ya no nos reconoce es aceptándolo, para ello es recomendable ser conscientes de la pérdida de ese vínculo que teníamos con él y hacer frente a una nueva relación que puede convertirse en muy positiva y enriquecedora para ambos, tanto para el enfermo como para el familiar.



Es normal que sintamos dolor ante la situación de que nuestro familiar no nos reconozca. Para asimilar mejor esa pérdida del vínculo emocional una buena forma es hablando de ello con personas que nos escuchen y entiendan, ya que muchas veces no es sencillo entender y expresar lo que se siente.



Si finalmente nos damos cuenta de que el dolor que sentíamos en un principio no cambia y acaba convirtiéndose en sufrimiento, sería recomendable asistir a un psicólogo que nos ayude a superar este duelo que conlleva la perdida de identidad de nuestro ser querido.



Otra alternativa, es acudir a alguna asociación para familiares de Alzheimer donde se puede asistir a terapias de grupo con personas en su misma situación que están dirigidas por psicólogos. Estos grupos pueden ser de mucha ayuda, ya que pueden encontrar un lugar donde son escuchados y comprendidos, donde además pueden conocer otros casos parecidos de los que aprender. Pero sobretodo les va a ayudar a aceptar que su familiar es un enfermo de Alzheimer y que ya no va a ser la persona que era pero sí que va a seguir sintiendo como siempre.



Cuando hablamos de esta enfermedad deberíamos tener siempre en cuenta que: “El Alzheimer es una enfermedad que afecta al cerebro de los pacientes y al corazón de las familias”.



Escrito por:

María Espinosa Jordán

Psicóloga. Especialista en tercera edad.

www.mariaespinosa.es



viernes, 15 de junio de 2012

ATENCION SOCIOSANITARIA DE PERSONAS DEPENDIENTES EN EL DOMICILIO

Utilizad los apuntes que vienen en www.txoko de apuntes, para estudiar y obtener la titulación de profesionalidad atención sociosanitaria de personas dependientes en el domicilio. Os serán de gran ayuda.
UF119 AL 0126 , CORRESPONDIENTES AL 00249 00250 Y 00251.
ADEMAS TENEIS TECNICAS DE COMUNICACION EN INSTITUCIONES, QUE OS SERVIRAN IGUALMENTE.

Suerte compañeras.

CALIFICACIONES GOBIERNO VASCO CERTIFICADO DE PROFESIONALIDAD DE ATENCION SOCIOSANITARIA A PERSONAS DEPENDIENTES EN EL DOMICILIO

Entrad en www.euskadi.net/agencia , pinchad atención sociosanitaria domicilio, y encontraréis vuestras calificaciones, aprobado=demostrado.


jueves, 14 de junio de 2012

VIOLENCIA DOMESTICA


Homicidios y violencia doméstica rompen su tendencia a la baja en Gipuzkoa

Jueves, 14 de Junio de 2012 - Actualizado a las 18:04h
¡vota!
 ¡comenta!
(?)
 
  • Mail
  •  
  • Meneame
  •  
  • Tuenti
  •  
  •  
Una mujer víctima de maltrato se acurruca en el pasillo de su casa.
(N.G)
Vista:
  • Una mujer víctima de maltrato se acurruca en el pasillo de su casa.
La Fiscalía de Gipuzkoa constata en su memoria de 2011 un "notorio" incremento de los delitos contra la vida y un "importante" aumento de los relacionados con la violencia doméstica, lo que rompe la tendencia decreciente de los dos años anteriores en este territorio.
DONOSTIA.  El Ministerio Público destaca en su informe, al que ha tenido acceso Efe, el descenso en un 2 por ciento de los delitos contra el patrimonio, aunque califica de "muy negativo" el alza, por encima del 50%, que han experimentado dentro de este grupo los robos con fuerza en casa habitada, que pasaron de 269 a 412, y los robos con violencia e intimidación, de 291 a 457.
En 2011 se incoaron un total de 41.601 diligencias previas por delitos de todo tipo, lo que supuso un aumento del 4,9% sobre los registrados el año anterior.
La Fiscalía señala que los delitos contra las personas se incrementaron en unas cuantías "nada desdeñables". Los asesinatos, homicidios e intentos de homicidio sumaron un total de 22 procedimientos abiertos, 7 más que en 2010, mientras que los homicidios imprudentes se incrementaron de 2 a 15.
Dice que en los homicidios y asesinatos "parece existir una correlación entre la exhaustividad de la investigación llevada a cabo y la severidad" de los veredictos del tribunal del jurado.
En el ámbito de la violencia doméstica, se contabilizó un aumento del 22,4% sobre los 696 casos incoados el año anterior.
El pasado año se tramitaron 218 delitos contra la libertad sexual, un 16,6% más que en 2010, con un aumento también de las modalidades más graves: las violaciones, que pasaron de 1 a 3, y las agresiones sexuales, de 71 a 75.
La Fiscalía pone de relieve el ascenso del número de ocupaciones de bienes inmuebles, de 63 a 96, pues dice que resulta "más sorprendente, si cabe, habida cuenta el endurecimiento que el Código Penal ha experimentado en esta materia".
Los delitos de tráfico de drogas registraron igualmente un aumento, de un 37%, y pasaron de 246 a 337, con lo que acabó la tendencia descendente de años anteriores.
Los relacionados con el tráfico de las sustancias más peligrosas para la salud, como cocaína y derivados anfetamínicos, subieron casi un 36%, mientras que el de las drogas menos perjudiciales bajó casi un 35%.
Por el contrario, sí descendieron las causas incoadas por accidente laboral -de 59 a 51- y el de los delitos de homicidio por este motivo -de 7 a 6-.
Sí aumentaron las diligencias por delitos contra la seguridad vial, que pasaron de 1.630 a 1.915, y dentro de éstas, las tramitadas por conducción bajo los efectos del alcohol o las drogas, que subieron de 1.220 a 1.433.
En la delincuencia informática, observa la "habitual predominancia" de los delitos contra el patrimonio, con la estafa como "estrella" de esta modalidad, aunque los relativos a la difusión y tenencia de pornografía infantil siguen en alza, y son "muy significativos" las amenazas y coacciones a través de la red.
Todos los casos relacionados con la pornografía infantil enjuiciados en Gipuzkoa se saldaron con sentencias condenatorias. EFE

EMPLEADAS DE HOGAR

http://www.ccooasturias.es/comunes/recursos/4/1173656-EMPLEADAS_DEL_HOGAR_EN_EL_REGIMEN_GENERAL_DE_LA_SEGURIDAD_SOCIAL.pdf




http://www.ocu.org/empleados-hogar/




2012: perspectivas abiertas para las empleadas del hogar





Este 1 de enero de 2012 entra en vigencia la primera fase de integración de las empleadas y empleados del hogar en el Régimen General de la Seguridad Social, cosa que podría ser considerada un logro en la lucha que desde hace años tienen las personas que ejercen este trabajo.


Se trata del cambio de normativa que se logró en junio de este mismo año a partir de un convenio logrado por las centrales obreras y el gobierno, cuya primera fase de seis meses consistirá en la adaptación de las personas empleadoras y las personas empleadas, a la nueva situación y que luego tendrá un periodo transitorio hasta 2019.



Pero ha habido más; este 4 de noviembre, en consejo de ministros aprobó un Real Decreto que establece la protección por contingencias profesionales –accidentes de trabajo y enfermedad profesional- a las y los trabajadores incluidos en el Régimen Especial de la Seguridad Social de los y las Empleadas de Hogar.



Estos logros tienen sus antecedentes, desde hace muchos años las empleadas del hogar vienen peleando por conseguir se les sean reconocidos derechos que les corresponden por ser personas que ejercen un trabajo tan digno como cualquier otro.



Históricamente el trabajo doméstico estaba relacionado con formas de dominación y esclavitud, afortunadamente eso ya no es así. El trabajo que llevan acabo estas personas contribuye en cierto modo al funcionamiento de la economía fuera de los hogares. Lo cierto es que históricamente estos oficios han ido evolucionando y se han convertido en trabajos remunerados, toda vez que las personas quienes los ejercen, han podido defender y lograr ir adelante en materia derechos. Pero la defensa de los derechos de las y los trabajadores del hogar ha tenido que recorrer un largo trecho ya que esta labor siempre ha sido subestimada.



En España la mayoría de las personas que se dedican a este trabajo son mujeres y en gran medida inmigrantes, y hasta hace no mucho llevaban a cabo la tarea en difíciles condiciones. Pero estas mujeres se han organizado y han hecho valer las reivindicaciones que merecen como personas trabajadoras.



El contexto



Según cifras de el Instituto Nacional de Estadística INE aproximadamente 800 mil personas trabajan como empleados o empleadas del hogar más de 90 por ciento de estas personas son mujeres -según se desprende del informe de la 99 Conferencia Internacional de Trabajo de 2010 de la OIT-; se estima que sólo 280 mil están dadas de alta en la Seguridad Social por lo cual el resto forma parte de la economía sumergida, en síntesis, son 520 mil trabajadoras que no cotizan y no tendrán derecho a jubilación.



Hasta el momento las trabajadoras del hogar se someten a 19 horas de trabajo semanal sin cotizar dado que no es obligatoria la cotización cuando se trabaja menos de veinte horas; no tienen derecho al seguro de desempleo, es decir, aunque estén aseguradas no tienen derecho al cobro de la prestación por desempleo (paro). Sus empleadores no están obligados a establecer una contratación por escrito. Las inspecciones por parte de los funcionarios del Ministerio del Trabajo son básicamente inexistentes. Las retribuciones en horarios, vacaciones y horas extras no se cumplen a cabalidad.



Un vistazo a la lucha



En 1969 ya se promulgaba el Real Decreto 2346/1969, de 25 de septiembre, por el que se regula el Régimen Especial de la Seguridad Social del servicio doméstico, mejor conocido actualmente como ‘Régimen especial de Empleados del hogar’.



Este Decreto estableció que ‘quedarán incluidos e incluidas en el Régimen de la Seguridad Social, en calidad de empleados del hogar, todos aquellos españoles mayotes de catorce años, cualquiera sea su sexo y estado civil…



Así mismo incluye a en el campo de aplicación de este Régimen Especial a ‘quienes, en calidad de empleados de hogar, prestan sus servicios a un grupo de personas que si bien no constituyen familia viven todas ellas con tal carácter familiar en el mismo hogar’.



Con ello los y las empleados del hogar quedaban amparados por el Régimen de Seguridad Social según lo establecido por la Ley para ese momento.



En 1985 se emitió otro Real decreto el 1421/1985, por el que se regula la relación laboral de carácter especial del servicio del hogar familiar y en el que el Régimen Especial se modificaba en beneficio de las y los trabajadores del hogar pero seguía siendo ‘Especial’. En él se planteaba la necesidad de equiparar las condiciones de trabajo de los y las empleadas del hogar al resto de los trabajadores, se establecía que por la naturaleza del trabajo a realizar este estaría basado en la “mutua confianza de las partes equilibrando el respeto a los derechos laborales básicos de los trabajadores con la necesaria flexibilidad que debe concederse a que el empleador determinen las condiciones de trabajo por mutuo acuerdo”.



Aunque en el Real decreto de 1985 se establecía inclusive la conveniencia de establecer un contrato para estas relaciones laborales, la naturaleza de la contratación basada en la ‘relación de confianza’ y, el hecho de que la mayoría de las personas que ejercen este trabajo son inmigrantes, mucho de lo que allí estaba establecido no se cumplía a cabalidad, las relaciones laborales se establecían de manera ‘no oficial’ (sin contratos) y la mayoría de los y las empleadas del hogar no eran dados de alta en la seguridad social; las relaciones laborales entre las personas empleadas y las personas empleadoras se establecía básicamente por mutuo acuerdo y de palabra, con lo cual los y las empleadas del hogar seguían desamparados y desamparadas en cierto modo.



De allí en adelante las y los trabajadores del hogar comenzaron a organizarse en colectivos por la defensa de sus derechos y en junio de este año ya se adelantó un acuerdo entre las centrales obreras y el gobierno para que los y las trabajadoras del hogar sean integrados en el Régimen General de Trabajadores de la Seguridad Social.



Para el año 2007 se estableció la obligación de cotizar por cualquier tipo de jornada el contrato de trabajo se formalizaría por escrito y la jornada máxima sería de 40 horas semanales, el resto se contabilizaría como extraordinaria, el despido seria indemnizado con un mínimo de 20 días por año trabajado; accederían, además a la prestación por desempleo. No obstante, no podrían jubilarse anticipadamente ni tener la misma cobertura que el resto de los trabajadores en caso de enfermedad. Esto, sin embargo no se había cumplido.



Cabe destacar que las y los trabajadores del hogar tienen más posibilidades de sufrir enfermedades derivadas de su quehacer profesional.



Este 4 de noviembre se dispuso según Real Decreto 1596/2011, que dispone ‘en relación con la extensión de la acción protectora por contingencias profesionales a los trabajadores incluidos en el Régimen Especial de la Seguridad Social de los Empleados de Hogar, era necesario hacer efectiva la ampliación de las contingencias protegidas, incluyendo las de carácter profesional, con el objeto de equiparar las condiciones de protección de los trabajadores incluidos en el campo de aplicación del citado régimen con los pertenecientes a los demás regímenes’.



La referida disposición adicional establece también que por las contingencias profesionales se reconocerán las prestaciones que, están previstas para los trabajadores incluidos en el Régimen General, en los términos y condiciones que se establezcan reglamentariamente, En consecuencia, se hace preciso proceder tanto a la adaptación de los Reglamentos generales sobre inscripción de empresas y afiliación, altas, bajas y variaciones de datos de trabajadores en la Seguridad Social, y sobre cotización y liquidación de otros derechos de la Seguridad Social, aprobados, respectivamente, como al oportuno desarrollo reglamentario en materia de prestaciones.



Y será a partir de enero del próximo año que entre en vigor el último acuerdo entre las centrales obreras y el gobierno a través del cual las y los trabajadores del hogar comenzarán a disfrutar de los derechos contemplados en el Régimen General de la Seguridad Social aunque será a partir de 2019 cuando se complete la equiparación de la cotización y entonces cotizarán sobre la base de salarios reales.



Es entonces cuando las y los trabajadores del hogar podrán tener derecho a un contrato de trabajo individual y por escrito; cotizar a la Seguridad Social desde la primera hora trabajada, en el caso de las empleadas por horas en diferentes hogares deberán cotizar según las horas que trabajen en los mismos; tendrán jornadas de 40 horas semanales como máximo y le serán reconocidas las horas extraordinarias; tendrán derecho al subsidio por desempleo y el despido les será realmente indemnizado a razón de un mínimo de 20 días por año trabajado, según lo establecido en el acuerdo.



CUIDADORES FORMALES

CUIDADORES FORMALESEntrevista a Dña. Pura Díaz Veiga


Psicóloga, autora y coautora de diversas publicaciones en el ámbito de la gerontología y la discapacidad. En la actualidad trabaja como investigadora en la Fundación Matia-INGEMA donde coordina el Proyecto “Etxean Ondo Residencias”. Ha sido psicóloga de la ONCE en Valladolid y ha formado parte de equipos de investigación responsables de proyectos relacionados con envejecimiento y discapacidad.

Portal de mayores.- ¿Podría hablarnos del modelo de atención gerontológica centrado en la persona?



Pura Díaz Veiga.- Como indican Pilar Rodriguez y Teresa Martinez, expertas nacionales en esta propuesta de atención, el modelo de atención gerontológica centrado en la persona pretende responder de manera integral a las necesidades bio-psico-sociales de las personas que requieren apoyos para su autonomía e independencia personal. Por otra parte, el modelo enfatiza el derecho de las personas a ejercer el control sobre sus propias vidas, independientemente de las necesidades de apoyo que se presenten.



El Modelo de Atención Gerontológica Centrado en la PersonaPM.- ¿Cual es el objetivo de este modelo?



PDV.-Posibilitar que las personas en situación de dependencia dispongan no solo de una atención adecuada a sus necesidades, sino también en consonancia con su trayectoria personal, sus gustos y preferencias. Además, se trata de mantener y propiciar posibilidades para que las personas mantengan y potencien su independencia, autonomía o bienestar personal.



PM.-. ¿En qué se diferencia de los modelos anteriores?



El modelo enfatiza el derecho de las personas a ejercer control sobre sus propias vidasPDV.-Por un lado, en el enfásis en los derechos y preferencias de las personas, y en la relevancia que se otorga a la identificación y promoción de recursos de las personas, sea cual sea, su necesidad de apoyos para la vida cotidiana. Todo ello supone una ruptura con los modelos asistenciales “tradicionales” basados en el déficit, o en las necesidades médico-asistenciales de las personas.



Estas características determinan el marco en el que el modelo se desarrolla. Así, los ambitos y las actividades de la vida cotidiana, los entornos domésticos y comunitarios significativos para las personas son los centros de actuación para el desarrollo del modelo.



Consecuentemente, el modelo de atención centrado en al persona se basa en la creación de entornos físicos y sociales que además de seguridad favorezcan el desarrollo de los proyectos de vida de cada uno de sus habitantes



PM.-¿Cómo puede influir en la práctica profesional este modelo?



PDV.- El desarrollo del modelo conlleva estilos organizativos en los que los profesionales de atención directa cobran un especial protagonismo.



El profesional gestor del caso coordina las perspectivas de actuaciónEl rol profesional de gestor de caso (o personal de referencia) constituye el profesional que coordina las diferentes perspectivas de actuación precisas para cada persona. Por otro lado, en los profesionales especializados toman especial relieve las competencias orientadoras y de apoyo en relación con la prestación cotidiana de cuidados.



PM.-¿Cómo se puede llevar a cabo?



PDV.-La personalización, integración y coordinación de los servicios y cuidados son los elementos clave para el desarrollo del Modelo de Atención Centrado en la persona tanto en domicilios como en centros residenciales.



En la Guía “La Atención Gerontológica Centrada en la persona” , de la que es autora Teresa Martinez, se pueden obtener recursos y herramientas para el desarrollo del modelo tanto en entornos domiciliarios como institucionales.



PM.- ¿Cómo influye en la persona mayor la atención desde este modelo?



PDV.-Diversas publicaciones procedentes del entorno europeo o norteamericano han puesto de manifiesto las consecuencias positivas del desarrollo del modelo en aspectos como las capacidades funcionales o calidad de vida.



El proyecto Etxean Ondo, el desarrollo del modelo en GuipuzcoaEn nuestro país, apenas se dispone de evidencia en relación con el impacto del modelo. El Proyecto Etxean Ondo, actualmente en curso en diversas localidades de Guipuzcoa, tiene entre sus objetivos identificar los efectos del desarrollo del modelo en diversas dimensiones relativas al bienestar e independencia de las personas mayores participantes.



Ir arriba



Agradecemos mucho las respuestas de Dña. Pura Díaz Veiga, que han sido respondidas por correo electrónico para Portal Mayores.

martes, 5 de junio de 2012

ACOSO ESCOLAR


Tres escolares procesados por acosar a un compañero en un colegio donostiarra

La Fiscalía sostiene que los chicos sometieron a la víctima a una «tortura». El ministerio público pide que los padres de los menores y el centro escolar indemnicen con 6.000 euros a la víctima 

05.06.12 - 02:14 - 
Tres alumnos de catorce años, que cursan estudios en un colegio de San Sebastián, han sido procesados por la Fiscalía de Gipuzkoa por acosar a uno de sus compañeros de aula, para el que acudir al centro escolar se convirtió en «una tortura» por los malos tratos a los que era sometido. El ministerio público pide para estos tres chicos 70 horas de prestaciones en beneficio de la comunidad, así como una compensación económica para la víctima a abonar conjuntamente con sus padres, y que se declare al colegio «solidariamente responsable, en su condición de guardador» del alumno perjudicado.
Según el escrito de alegaciones de la Fiscalía, «el ambiente de violencia desplegado en el aula» contra este adolescente «llegó a ser tan insoportable para el resto de alumnos» que, finalmente, lo pusieron en conocimiento del tutor.
Los hechos, que provocaban en la víctima «sentimientos de desesperación y angustia», ocurrieron durante el último trimestre del año 2011 y el primero de 2012, «siempre en el ámbito escolar y de forma prácticamente diaria».
El documento de la Fiscalía explica que los tres encausados presuntamente acosaban «de forma consciente y querida» mediante «actos de violencia física» a su compañero, al que «golpeaban» con ánimo de «menoscabar su integridad física» entre las clases, mientras «se producía el cambio de profesor en el aula».
Los presuntos agresores, uno de los cuales ha cumplido 15 años este mes, actuaban la mayoría de las veces «en un grupo integrado por seis alumnos», aunque tres de ellos eran menores de catorce años y no pueden ser acusados por la Fiscalía.
Hematomas en el hombro
De esta manera, los agresores supuestamente propinaban, «de manera conjunta y sucesiva», golpes en el hombro a su víctima, quien «a veces caía al suelo por el dolor» y, en ocasiones, sufrió «hematomas en el hombro y la espalda».
El chico «muchas veces terminaba llorando», una circunstancia que era apreciada tanto por los agresores como por el resto de la clase, a pesar de lo cual los «infractores» no se «conmovían» y nuevamente, al día siguiente, volvían a «atacar» al menor, quien «más de una vez pidió» a uno de sus agresores que no continuaran con lo que ellos denominaban «juego», porque «lo pasaba muy mal».
No obstante, las súplicas de la víctima resultaron «ineficaces» y «el juego consistente en pegar todos» al adolescente «se volvía a repetir» la jornada siguiente «una o dos veces diarias», si bien las vejaciones no se producían cuando uno de los agresores «no acudía a clase por motivos varios».
El texto desvela que la víctima llegó a interiorizar «los actos de violencia física como parte normalizada de su vida» y sufrió «pérdidas y debilidad en el cabello», así como «trastornos de sueño» y descendió su rendimiento escolar.
A consecuencia de estos hechos, el pequeño presenta un «miedo insuperable al encuentro fortuito con sus agresores» y se encuentra en tratamiento psicológico».
El adolescente sufre, según la Fiscalía, un «estrés postraumático y ansiedad fóbica que no afecta a su vida cotidiana, a excepción del malestar en el contexto escolar y, sobre todo, dentro del aula».
Una vez denunciadas estas agresiones, el Juzgado de Guardia adoptó, actuando en funciones del Juzgado de Menores, la medida cautelar de alejamiento e incomunicación de sus presuntos agresores, lo que «ha ayudado a la estabilidad del menor», según el informe pericial psicológico practicado a la víctima.
La Fiscalía considera estos hechos constitutivos de un delito de trato degradante en concurso ideal con una falta continuada de lesiones y la circunstancia agravante de que los autores se prevalieron del auxilio de otras personas.
Prohibición de acercarse
Por este motivo, solicita para ellos 70 horas de prestaciones en beneficio de la comunidad con siete fines de semana de permanencia en un centro, en caso de que no acepten voluntariamente la medida.
Asimismo, demanda que se prohíba a los tres acusados acercarse al perjudicado, a su domicilio y al recinto escolar a una distancia mínima de 50 metros, o comunicarse con él durante un año.
Reclama también que se oficie al colegio en el que se produjeron los hechos para que en el próximo curso escolar 2012-13, la víctima no comparta clase con los alumnos infractores ni con los menores de 14 años que, presuntamente, participaron en los hechos.
La Fiscalía pide igualmente que los menores, de manera conjunta y solidaria con sus padres, indemnicen al perjudicado con 6.000 euros «en concepto de daño moral» y demanda que se declare al colegio «solidariamente responsable, en su condición de guardador».