miércoles, 4 de mayo de 2016

JORNADA, PERMISOS Y FESTIVOS DE EMPLEADAS DEL HOGAR INTERNAS O POR HORAS

JORNADA, PERMISOS Y FESTIVOS DE EMPLEADAS DEL HOGAR INTERNAS O POR HORAS
La jornada máxima de las empleadas del hogar, tal como establece la nueva normativa de empleadas del hogarserá de  cuarenta horas de trabajo efectivo, esto es, sin perjuicio del tiempo que, según su contrato, la empleada del hogar deba estar a disposición del empleador. La regulación de este “tiempo a disposición” dentro de la jornada de la empleada del hogar, es especialmente importante en el contrato de empleadas del hogar internas.
Los tiempos de presencia y su duración se pactarán en el contrato entre la empleada del hogar y el empleador así como la retribución o salario de compensación que la empleada del hogar recibirá. Este tiempo de disposición no podrá ser superior a 20 horas a la semana de promedio en un periodo de un mes, salvo que empleador y empleada del hogar acuerden compensar estos tiempos de disposición por periodos equivalentes de permiso de la empleada del hogar. La retribución de las horas del “tiempo a disposición” acordado en el contrato de la empleada del hogar no podrá ser inferior a la de las horas ordinarias.
En cualquier caso, entre el final de la jornada de la empleada del hogar y el inicio de de la siguiente jornada deberán pasar doce horas de descanso.

La jornada de las empleadas del hogar internas
En el caso de una empleada del hogar interna el tiempo entre el fin de la jornada de la empleada del hogar y el comienzo de la siguiente podrá pasar sólo diez horas, compensándose el resto (hasta las doce horas) en períodos de hasta cuatro semanas.
La empleada del hogar interna dispondrá al menos de dos horas diarias para las comidas principales. Este tiempo no computa como tiempo de trabajo, sino de descanso o permiso. El descanso semanal de la empleada del hogar interna será de treinta y seis horas consecutivas que comprenderán, como regla general, la tarde del sábado o la mañana del lunes y el domingo completo.

¿A qué se refiere “el régimen de pernocta” en el empleo doméstico de empleadas del hogar internas?
El régimen de pernocta es el pacto que empleador y empleada del hogar interna realizan, estableciendo el horario y la compensación económica por el hecho de dormir en la vivienda en la que se trabaja. Es decir, esto se refiere a la empleada del hogar interna que presta servicios durante el día y además duerme en la vivienda como parte de las obligaciones de su contrato como empleada del hogar.
El régimen de pernocta tiene que respetar algunos límites: no puede obligarse a la empleada del hogar interna a estar en la vivienda antes de las diez de la noche, no puede pedírsele que realice tarea alguna y debe tener derecho a permanecer en su habitación, salvo casos de urgencia justificada.
Cualquier régimen de pernocta que no respete estos límites establecidos en la legislación de empleadas del hogar vigente en 2012, formará parte de la jornada de trabajo o del tiempo de presencia, y como tal debe retribuirse, pasando a formar parte del salario de la empleada del hogar teniendo en cuanta las tablas salariales establecidas en el convenio de empleadas del hogar.
Los permisos de las empleadas del hogar
La empleada del hogar puede pedir un permiso, avisando previamente, con derecho a cobrar el salario establecido en su contrato de empleada de hogar por los siguientes motivos:
Permiso de empleadas de hogar por matrimonio: 15 días.
Permiso de empleadas de hogar por enfermedad grave o accidente de parientes cercanos: padres, madres, hijos, hermanos, abuelos, o familia política:  15 días de permiso, más 2 días más de permiso, ampliables a 4 si es necesario viajar a otra localidad.
Permiso de empleadas de hogar por accidente de parientes o muerte de parientes cercanos: padres, madres, hijos, hermanos, abuelos, o familia política:   15 días de permiso: más 2 días más de permiso, ampliables a 4 si es necesario viajar a otra localidad.
Permiso de empleadas de hogar por cambio de domicilio:  1 día de permiso.
Permiso de empleadas de hogar para votar, o por cumplimiento de deberes como asistir a un juicio, gestión de documentos oficiales, etc:  tiempo de permiso indispensable. Es conveniente pedir un justificante.
Permiso de empleadas de hogar por maternidad exámenes prenatales y técnicas de preparación al parto que deban realizarse dentro de la jornada de trabajo de la empleada del hogar establecida en su contrato de empleada del hogar: la nueva normativa de empleadas del hogar establece tiempo de permiso indispensable.

Festivos de las empleadas del hogar (días de fiesta)
Los festivos de la empleada del hogar son los mismos que los del resto de trabajadores, así lo establece la normativa sobre empleadas del hogar. Es decir los días de fiesta de la empleada del hogar al año serán 14 al año, de los que dos son fiestas locales. Durante los días festivos la empleada del hogar no está obligada a trabajar y por tanto estos días no serán descontados del modelo de nómina de la empleada del hogar.
Si la empleada del hogar trabaja los días festivos que le corresponden o bien cobrará estos días al precio de la hora normal o bien estos días se convertirán en permiso para la empleada del hogar.
Los festivos semanales de las empleadas del hogar deberán ser de 36 horas continuadas, a ser posible, la empleada del hogar deberá disfrutar como festivos la tarde del sábado o la mañana del lunes y del día completo del domingo. Sin embargo, en el contrato de la empleada del hogar  es posible pactar con el empleador que los festivos semanales de la empleada del hogar puedan ser disfrutados cada dos semanas. En ese caso, la empleada del hogar tendrá tres festivos completos es decir 72 horas o bien 24 horas una semana y 48 la siguiente.


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